Justo García Ramírez [TO-15351]


Justo García Ramírez (de profesión jornalero)
era natural de Bargas.


Otros datos que tenemos de Justo son:

Sexo: 
Hombre
Partido: 
PSOE
Filiación sindical: 
UGT
Actividad en la guerra: 
Cabo

Observaciones*: 
Hijo de Julián y Miguela. Miembro de la Sociedad de Agricultores de Calera (FNTT-UGT) entre 1931 y 1932, y de nuevo desde principios de 1936. Al producirse el golpe de Estado en julio de 1936, se alistó como miliciano, efectuando guardias en el municipio. Asimismo, fue cabo de la 4ª Compañía del Batallón de Milicias de Talavera. Con la caída de Talavera pasó al Regimiento de Milicias "El Socialista" (2º Batallón, 4ª Compañía). Con la militarización de las milicias fue adscrito a los servicios auxiliares de la Comandancia de Sanidad Militar de Madrid. Como sanitario, estuvo destinado en el sector de Miraflores de la Sierra (Madrid). Al finalizar la Guerra Civil, fue hecho prisionero en la Comandancia Militar de Guadalajara, y trasladado a su localidad natal. Encarcelado en la prisión de Talavera de la Reina, obtuvo a finales de 1941 la libertad condicional, fijando su residencia en Carriches (Toledo). Posteriormente fue procesado y encarcelado en Madrid, donde el Consejo de Guerra Permanente nº 3 le condenó a muerte por "adhesión a la rebelión militar" el 3 de febrero de 1944. El 7 de abril de ese año se le conmutó dicha pena por la de 30 años de prisión. Cumplió condena en la cárcel de Ocaña y sometido a trabajos forzados en el destacamento penal de Valdemanco (Madrid), consiguiendo el indulto el 12 de febrero de 1946.

Fuentes: 
Archivo General e Histórico de Defensa

Investigadores: 
Proyecto Censo de Represaliados de la UGT (Fundación Francisco Largo Caballero) y SEFT.


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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