Isabelo Ávila López [TO-15082]


Isabelo Ávila López (de profesión tranviario)
era natural de Calera y Chozas.

Prisión


Otros datos que tenemos de Isabelo son:

Sexo: 
Hombre
Partido: 
PSOE
Filiación sindical: 
UGT
Lugar de muerte o condena: 
Prisiones Madrid, Talavera de la Reina, Ocaña y Guadalajara.
Tribunal: 
Causa nº 10497, leg. 6146 Causa nº 10497, leg. 3917 Causa S/N, leg. 6785 Causa nº 18003, leg. 1476
Sentencia: 
Pena de muerte conmutada

Observaciones*: 
Hijo de Alipio y Tomasa. Natural de Calera y Chozas, se trasladó a Madrid, donde trabajó en la Sociedad Madrileña de Tranvías. En esa empresa se afilió al Sindicato de Tranviarios de la UGT. Al estallar la guerra civil, ingresó en las milicias, alcanzando en el Ejército Popular el grado de teniente, estando destinado en Transmisiones. Fue detenido el 25 de mayo de 1939 en Madrid y encarcelado en la prisión provisional de la calle del Barco nº 24. En septiembre de ese año fue llevado a la prisión de Talavera de la Reina. En octubre de 1943 fue trasladado a la prisión madrileña de Porlier. Fue sometido a Consejo de Guerra en Madrid el 28 de marzo de 1944, junto a los también caleranos Gregorio Sánchez Pérez y Pedro Merino García. Los tres fueron condenados a muerte por el Tribunal Permanente nº 1, siendo la pena conmutada por la de 30 años de prisión el 13 de noviembre de 1944 que cumplió desde el 21 de junio de 1945 en el Destacamento Penal de Lozoyuela (Madrid) en Garganta de los Montes donde permaneció hasta el 6 de septiembre de 1946 que fue trasladado a Madrid para ser enviado al penal de Ocaña (Toledo) en el que ingresó el día 29 de ese mismo mes. Finalmente el 23 de octubre de 1947 ingresó en la prisión de Guadalajara de donde salió en libertad condicional el 17 de junio de 1950.

Fuentes: 
Archivo General e Histórico de Defensa Archivo General de la Administración (Prisiones)

Investigadores: 
Proyecto Censo de Represaliados de la UGT (Fundación Francisco Largo Caballero) y SEFT.


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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