Lugar de muerte o condena:
Prisión Provincial de Cuenca
Circunstancias:
En prisión atenuada el 29 de febrero de 1940, en la Calle Fermín Caballero, 3, de Cuenca
Tribunal:
Plaza de Cuenca, 08/10/1943
Observaciones*:
El Consejo de Guerra lo absuelve por considerar que "los hechos realizados no tienen relevancia suficiente para ser considerados como constitutivos de delito". Dice que "de buenos antecedentes, durante el Movimiento para salvaguardar sus propios intereses y la vida de un hermano sacerdote, trabó relaciones amistosas con con Jesús Pérez Guerrero y con el alcalde rojo (Antonio Torrero), profiriendo en la peña o tertulia de personas derechistas a que concurría algunas frases de mal gusto sobre los desmanes que se realizaban, sin que se pruebe que interviniera en ningún hecho delictivo"
Fuentes:
AGHD, Fondo Madrid, Sumario 973, Legajo 4500
Investigadores:
Sergio Nieves Chaves-SEFT