Actividad en la guerra:
Movilizado en el ejército republicano, 60 Brigada
Lugar de muerte o condena:
Prisión Central del Monasterio de Uclés
Circunstancias:
La fecha de inicio de condena se refiere al momento en que fue reducido a prisión. En prisión atenuada en su domcilio de Villar de la Encina el 20/01/1942, tras haberle concedido dichos beneficios la Comisión de Excarcelamiento de Uclés. La fecha de fin de condena se refiete al momento en que el Auditor General sobresee el caso y declara se le ponga "en libertad definitiva"
Sentencia:
Sobreseimiento provisional
Observaciones*:
Según su declaración, se pasó a la zona sublevada por el frente de Teruel en agosto de 1937. La causa es sobreseída el 09/07/1943 por el Auditor de Aranjuez por no encontrarse "méritos bastantes para tener por justificada la perpetración de delito y sí para reputar al encartado suficientemente sancionado con la prisión preventiva sufrida habida cuenta de que ha permanecido en esta situación durante dos años"
Fuentes:
AGHD, Fondo Madrid, Sumario 246, Caja 3505, Orden 9
Investigadores:
Sergio Nieves Chaves-SEFT