Sentencia:
Sobreseimiento provisional
Observaciones*:
Se ignora su paradero durante el tiempo en que se tramitó la causa que se le abrió.Esta fue sobresída por el Auditor General del 29/12/1943 por no encontrarse "mértios bastantes para tener por justificada la perpetración de delito"
Fuentes:
AGHD, Fondo Madrid, Sumario 20966, Legajo 7862
Investigadores:
Sergio Nieves Chaves-SEFT