Lugar de muerte o condena:
Prisión Central del Monasterio de Uclés
Circunstancias:
En prisión preventiva desde el 14/01/1940. En prisión atenuada en su domicilio de Rada de Haro desde el 19/01/1940. Sale de la Prisión de Uclés
Sentencia:
Sobreseimiento provisional
Observaciones*:
La causa es sobreseída el 31/05/1943 por no encontrarse "méritos bastantes para tener por justificada la perpetración de delito".
Fuentes:
AGHD, Fondo Madrid, Sumario 153, Legajo 6614
Investigadores:
Sergio Nieves Chaves-SEFT