Eduardo Mesa Muñoz [TO-15680]


Eduardo Mesa Muñoz (de profesión jornalero)
era natural de Olías del Rey.

Prisión


Otros datos que tenemos de Eduardo son:

Edad: 
59
Sexo: 
Hombre
Estado civil: 
Casado/a
Residencia: 
Olías del Rey
Filiación sindical: 
UGT
Lugar de muerte o condena: 
Prisión Provincial de Toledo
Inicio de la condena: 
08/08/1939
Fin de la condena: 
06/06/1951
Delitos: 
Adhesión a la rebelión
Tribunal: 
Sumario 1000
Sentencia: 
30 años de reclusión mayor

Observaciones*: 
"Fundador de la Casa del Pueblo, vocal del comité de incautaciones, participó en detenciones”. Vecino de Olías del Rey (Toledo), casado, contaba con 59 años en el momento del juicio. En su declaración, reconoce pertenecer a UGT. Acusado de pertenecer a la Junta directiva de UGT y ser miembro del Comité revolucionario de Olías del Rey, niega haber tenido cargo en el Comité revolucionario y en la Junta de incautaciones. El 27 de septiembre abandonó el pueblo por la cercanía de las tropas sublevadas. Marchó a Valdemoro y de ahí a Madrid, donde permaneció hasta el 10 de septiembre de 1937. Posteriormente, pasó el resto de la guerra trabajando en el pueblo de Camuñas (Toledo). El 8 de agosto de 1939 fue detenido y enviado a la prisión provincial de Toledo. El 14 de abril de 1944, la sentencia dictada en el Procedimiento nº 1000 lo condenaba a 30 años de prisión, pero en la misma sentencia se proponía la conmutación de la pena por la de 20 años y 1 día de reclusión mayor y accesorias correspondientes, por estar comprendido genéricamente las normas de 25 de enero de 1940. La propuesta fue aprobada. Solicitó indulto y le fue concedido el 6 de junio de 1951

Fuentes: 
Archivo General e Histórico de Defensa/ AHPToledo 66370/24

Investigadores: 
Proyecto Censo de Represaliados de la UGT (Fundación Francisco Largo Caballero) y SEFT/Daniel Nevado SEFT


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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