Cristóbal Fernández Dorado [CU-2427]


Cristóbal Fernández Dorado (de profesión carpintero)
era natural de Motilla del Palancar.

Prisión


Otros datos que tenemos de Cristóbal son:

Edad: 
44
Sexo: 
Hombre
Partido: 
PSOE
Filiación sindical: 
UGT
Lugar de muerte o condena: 
Prisión Provincial de Albacete. Prisión de Ocaña. Prisión de Carabanchel. Prisión Provincial de Madrid
Inicio de la condena: 
12/2/43
Fin de la condena: 
26/7/44
Circunstancias: 
La fecha de inicio de condena se refiete al momento en que ingresó en la cárcel de Ocaña. El 26 de octubre fue trasladado a la prisión de Carabanchel donde su causa resultó sobreseída provisionalmente el 2 de noviembre siguiente por haber sido condenado ya a 20 años de reclusión. Salió en libertad de la prisión provincial de Madrid el 26 de julio de 1944.
Delitos: 
Adhesión a la rebelión
Sentencia: 
20 años de reclusión menor

Observaciones*: 
Miembro de la UGT de El Toboso (Toledo) participando en la fundación de la Casa del Pueblo de dicha localidad en 1931, siendo presidente de la misma. Al producirse el golpe de Estado de julio de 1936 trabajaba en una fábrica de hielo en Albacete. En diciembre de ese año marchó a Miguel Esteban (Toledo) y posteriode reclusión mayorente a El Toboso. Más tarde regresó a Albacete incorporándose en el ejército republicano siendo destinado al Cuerpo de Transmisiones marchando con dicha unidad a Moreda (Granada) el 20 de abril de 1937 donde permaneció hasta el final de la guerra. Fue hecho prisionero en Guadix (Granada) siendo internado en un campo de concentración del que salió por haber sido avalado.

Fuentes: 
AGHD, Fondo Madrid, Sumario 896, Caja 1687, Orden 5

Investigadores: 
Proyecto Censo de Represaliados de la UGT (Fundación Francisco Largo Caballero). SEFT. Sergio Nieves Chaves-SEFT


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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