Lugar de muerte o condena:
Prisión Central del Monasterio de Uclés
Circunstancias:
Se le concedió la prisión atenuada en enero de 1942 por la Comisión de Excarcelamiento de Uclés
Sentencia:
Sobreseimiento provisional
Observaciones*:
La causa fue sobreseída por el Auditor de Guerra el 12/07/1943 por no encontrarse "méritos bastantes para tener por justificada la perpetración de delito y sí para tener por justificada la perpetración del delito". El procedimiento fue iniciado por denuncia que le acusa de haber sacar de un domicilio de Alconchel de la Estrella varias fanegas de cebada
Fuentes:
AGHD, Fondo Madrid, Sumario 1, Caja 240. Orden 14
Investigadores:
Sergio Nieves Chaves-SEFT