Este informe recoge los datos relativos a los hechos represivos padecidos por Régulo Martínez Sánchez y que figuran en la base de datos Víctimas de la dictadura en Castilla – La Mancha. Este documento ha sido generado el 23-09-2023.
Datos personales
Régulo Martínez Sánchez
Sacerdote
51
Hombre
Soltero/a
Cazalegas
Madrid
Prisión
Prisión de Talavera, prisión de Guadalajara, Provincial de Madrid (Comendadoras, Carabanchel, Cuéllar), prisión Provincial de Zaragoza, prisión de Carmona
11/07/1939
22/02/1944
Se hizo ejecutoria la sentencia el 24/5/1941 Indultado el 25/4/1948.
Adhesión a la rebelión
Causa nº 49445 y 129173/1945
Condenado a muerte, conmutada por la pena de 30 años de prisión.
Acusado de izquierdista afiliado a Acción Republicana, de realizar campaña de forma continuada a favor de la causa republicana. Acusado de posicionarse en favor de la República al iniciarse la guerra, siendo presidente de Izquierda Republicana y vocal en el Comité del Frente Popular. Acusado de estar presente en las ejecuciones llevadas a cabo en la Cárcel Modelo, proponiendo la creación de tribunales populares. Acusado de haber sido, al término de la guerra, comisionado por Casado para hablar en Parías con Azaña y Martínez Barrio. Se aclara en la copia de la sentencia, que no ha cometido delito de sangre alguno pero es acusado de dirigir y de hacer propaganda de las ideas "revolucionarias" bajo un "falso humanitarismo". Según la sentencia, el Cardenal Segura le había retirado la licencia para el ejercicio. Se le condenará por una segunda causa (nº 129.173 en 1945) como reincidente con una pena de 6 años de prisión. Por este delito de conspiración para la rebelión militar, ingresa en prisión el 23/12/1944, se hizo ejecutoria la sentencia el 20/1/1947, logra la libertad condicional el 18/12/1949 y el licenciamiento definitivo el 28/8/1952. Al ser indultado del delito de adhesión a la rebelión de la primera causa (nº 49445) el 23/4/1948 con la cancelación de responsabilidades, queda sin efecto la revocación de beneficios de la libertad condicional con que fue sancionado anteriormente.