Este informe recoge los datos relativos a los hechos represivos padecidos por Domingo Tomás Córdoba Berruga y que figuran en la base de datos Víctimas de la dictadura en Castilla – La Mancha. Este documento ha sido generado el 23-09-2023.
Datos personales
Domingo Tomás Córdoba Berruga
Panadero
40
Hombre
Soltero/a
La Roda (Albacete)
La Roda (Albacete)
PCE (desde el inicio de la guerra)
Apoderado del Frente Popular/ Teniente alcalde/ Presidente de la Comisión de Gobrenación / Alcalde de La Roda (Albacete) durante la guerra
Prisión
Prisión de Partido de La Roda/ Prisión Central de Chinchilla/ Prisión Provincial de Córdoba
19/04/1939
Es reducido a prisión el 19 de abril de 1939 y sentenciado el 28 de septiembre del mismo año, quedando la pena extinta el 14 de abril de 1959. Es indultado el 14 de noviembre de 1959.
Adhesión a la rebelión
Causa nº 1634 (La Roda) y Causa nº 1364 (La Roda)
30 años de prisión. Conmutada por la de 20 años y 1 día
Secretario de Organización del Partido Comunista de la Roda (desde 1936 hasta mayo de 1938) / Voluntario en el Cuerpo de Carabineros
Se afilió al Partido Comunista después del 18 de julio de 1936, después de haber estado afiliado a Izquierda Republicana. Teniente alcalde de La Roda. Acusado de intervenir en la depuración de funcionarios, firmar informes desfavorables para el Tribunal Popular y realizar registros y robos. En mayo de 1938 ingresó voluntario en la 87 Brigada Mixta de Carabineros. Encontrándose en situación de libertad vigilada por el primer proceso, trabajó en la reorganización del Partido Comunista en la provincia de Albacete, siendo integrante del Comité Local del Partido en La Roda (Albacete) y Presidente del Comité Comarcal. Por esta causa fue detenido el 26 de enero de 1945 y condenado en consejo de guerra celebrado en Albacete el 4 de marzo de 1948 a cinco años de prisión por un delito contra la seguridad del Estado (Causa nº 448-45, Albacete), que cumplió entre la cárcel provincial de ALbacete y la de San Miguel de los Reyes de Valencia (desde 06/04/1948). La sentencia se hizo firme el 1 de mayo de 1948. Dejará extinguida la pena el 23 de diciembre de 1949. En libertad condicional desde el 3 de noviembre de 1948 (Archivo General e Histórico de Defensa, cajas 14516/3 y 14517/1).
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14638/5