Lugar de muerte o condena:
Prisión Provincial de Albacete
Circunstancias:
No se celebró consejo de guerra al manifestar el encartado conformidad con la pena solicitada por el Ministerio Fiscal. Se le concedieron los beneficios de la prisión atenuada el 16 de diciembre de 1943. Indultado, en virtud del Decreto de 9 de octubre de 1945, el 25 de mayo de 1946.
Tribunal:
Causa nº 6378-39 (Albacete)
Sentencia:
12 años y 1 día de reclusión menor
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15103/3