Abdón Chirlaque Sánchez [AB-1320]


Abdón Chirlaque Sánchez (de profesión chófer mecánico)
era natural de Villarrobledo (Albacete).

Prisión


Otros datos que tenemos de Abdón son:

Edad: 
50
Sexo: 
Hombre
Estado civil: 
Viudo/a
Residencia: 
Villarrobledo (Albacete)
Partido: 
Izquierda Republicana (desde antes de la guerra)
Actividad en la guerra: 
Fundador de Izquierda Republicana en Villarrobledo (Albacete)
Lugar de muerte o condena: 
Prisión Provincial de Albacete / Prisión Central de San Miguel de los Reyes (Valencia)
Inicio de la condena: 
02/04/1939
Fin de la condena: 
17/12/1945
Circunstancias: 
Fue condenado en un primer consejo de guerra, celebrado el 24 de julio de 1941, a la pena de muerte, pero la sentencia no se hizo firme, devolviéndose las actuaciones al juez instructor para ampliar el conocimiento de los hechos que se le imputaban, repitiéndose el consejo el 7 de marzo de 1944. Se hizo firme la sentencia el 21 de abril de 1944. Dejará extinguida la pena el 4 de agosto de 1959. Indultado en virtud del Decreto de 9 de octubre de 1945 con fecha 13 de diciembre de ese año. Se le concedió la libertad condicional el día 17 de aquel mismo mes y año.
Delitos: 
Adhesión a la rebelión
Tribunal: 
Causa nº 3305-39 (Albacete)
Sentencia: 
30 años de reclusión mayor. Conmutada a propuesta del consejo de guerra por la de 20 años y 1 día de reclusión mayor

Observaciones*: 
Sirvió en el ejército republicano desde octubre de 1936, donde llegó a obtener la graduación de Capitán en el Cuerpo de Tren. Fue hecho prisionero en Orihuela (Alicante) el 2 de abril de 1939 e ingresó en la Prisión de Partido de Villarrobledo (Albacete) el 12 de julio. Al ser puesto en libertad condicional, con la accesoria de destierro, se estableció en Bilbao (C/ Arte, 22).

Fuentes: 
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14849/4

Investigadores: 
Lucía Crespo Jiménez


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

¿Quieres proporcionarnos información sobre esta persona?
Escríbemos a: info@victimasdeladictadura.es