Martín Cariñana Jiménez [AB-1051]


Martín Cariñana Jiménez (de profesión labrador)
era natural de Alcalá del Júcar (Albacete).

Prisión


Otros datos que tenemos de Martín son:

Edad: 
28
Sexo: 
Hombre
Estado civil: 
Soltero/a
Residencia: 
La Gila (pedanía de Alcalá del Júcar, Albacete)
Lugar de muerte o condena: 
Prisión Central Chinchilla (Albacete) / Prisión Central Puerto Sta. María (Cádiz; 06/09/1941) / Prisión Prov. Las Capuchinas (Barbastro, Huesca, 25/11/1942) / Destacamento Penados Novales (Huesca; 14/02/1943)
Inicio de la condena: 
08/04/1939
Fin de la condena: 
31/03/1943
Circunstancias: 
Se hizo ejecutoria la sentencia el 28 de mayo de 1939. Dejará extinguida la pena el 7 de abril de 1969. La conmutación se hace efectiva el 5 de marzo de 1943, quedando la pena a extinguir el 3 de abril de 1953. En prisión atenuada desde marzo de 1943.
Delitos: 
Traición
Tribunal: 
Causa nº 154-39 (Albacete)
Sentencia: 
Pena de muerte. Conmutada por la de 30 años de reclusión mayor y nuevamente conmutada, en 1943, por la de 14 años de reclusión menor

Observaciones*: 
Miliciano del Batallón "Martínez Barrios", en el que ingresó en octubre de 1936, marchando al frente de Madrid, sector de Navalcarnero, como fusilero. En dicho pueblo fue apresado por las tropas franquistas y, después de depurado, hubo de ingresar en sus filas, destinado al Regimiento de San Quintín de guarnición en Valladolid, donde permaneció varios meses. Luego fue trasladado al Regimiento de la Victoria, en Salamanca, y tras dos meses ingresó voluntario en la Legión Extranjera (11 Bandera). Encontrándose en el pueblo de Fuenteovejuna, desertó al bando republicano, ingresando nuevamente en su ejército, destinado a Sanidad, donde permaneció hasta el fin de la guerra.

Fuentes: 
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14461/3

Investigadores: 
Lucía Crespo Jiménez


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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