Lugar de muerte o condena:
Prisión Provincial de Albacete
Circunstancias:
En prisión atenuada desde el 16 de diciembre de 1940. No se celebró consejo de guerra. El encartado mostró su conformidad con la pena solicitada por el Ministerio Fiscal. Se hizo firme la sentencia el 27 de marzo de 1942. Dejaría extinguida la pena el 10 de julio de 1943. Pasa a situación de libertad condicional por haberse conformado con la pena solicitada el día 6 de marzo de 1943.
Tribunal:
Causa nº 7496-40 (Albacete)
Sentencia:
3 años y 1 día de prisión menor
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15191/1