Lugar de muerte o condena:
Prisión Central de Chinchilla (Albacete) / Prisión Provincial de Albacete / Prisión Central de La Loma (Hellín)
Circunstancias:
Fue juzgado en consejo de guerra celebrado el 18 de mayo de 1939 y condenado a la pena de 12 años y un día de reclusión temporal por un delito de "auxilio a la rebelión", pero se anuló el juicio y la setencia no se hizo firme, repitiéndose el consejo el día 7 de febrero de 1940 con el mismo resultado que en el primero. La conmutación se hizo firme el 8 de marzo de 1944. Dejará extinguida la pena el 25 de abril de 1945. En libertad condicional desde febrero del 43.
Tribunal:
Causa nº 917-39 (Albacete)
Sentencia:
12 años y 1 día de reclusión temporal. Conmutada por la de 6 años de prisión menor
Observaciones*:
Al ser liberado fijó su residencia en Alcalá de Henares (Madrid).
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14589/3