Partido:
JSU (desde antes de la guerra)
Lugar de muerte o condena:
Prisión Provincial de Albacete / Colonia Penitenciaria de Añover de Tajo (Toledo). Batallón de Penados nº 41
Circunstancias:
Se hizo firme la setencia el 25 de marzo de 1941 y la conmutación el 7 de junio de 1943. Dejará extinguida la pena el 4 de septiembre de 1959. Indultado en virtud del Decreto de 9 de octubre de 1945 con fecha 25 de febrero de 1946.
Sentencia:
Pena de muerte. Conmutada por la de 30 años de reclusión mayor y, en 1943, conmutada por la de 20 años y 1 día de reclusión mayor.
Observaciones*:
Fue nombrado guardia municipal por el Comité revolucionario en agosto de 1936. Tras su liberación fijó su residencia en Alguazar (Murcia).
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15122/3