Lugar de muerte o condena:
Prisión de Toledo/Cárcel de Alcalá de Henares/Reformatorio de Adultos de Ocaña/Prisión Central de Burgos
Observaciones*:
Acusado de un delito contra la seguridad del Estado, por haberle encontrado, según dice la acusación, una pistola en el tejado de su casa, entre otras cosas. Colaboró en la reorganización del Partido Comunista en la clandestinidad a mediados de los años 50 junto a Faustino Organero Villanueva, Jacinto Mollejo y otros camaradas. Miembro del Partido Comunista de España, formó parte de su Comité Central durante varios años, en los que era conocido con el pseudónimo de <<El Paleto>>, de la dirección y bastaba para no ser descubierto. Después en 1971, otra vez le cercan y le descubren cuando vivía en el piso de Campamento (Madrid), donde se había trasladado a vivir junto a su familia. En Febrero de 1972, es detenido, de nuevo. De esta manera el Tribunal de Orden Público condenó a Gabriel Ramos Aparicio como autor de un delito de asociación ilícita y otro de propaganda ilegal, los dos con agravante de reiteración, dados sus antecedentes penales a ocho años, cuatro meses y dos días de prisión y privación de libertad y multa de diez mil pesetas. No cumplió toda la pena ya que el día 3 de Diciembre de 1975 recobró la libertad, ya muerto Franco y después de haber pasado por Carabanchel, Segovia, Jaén (dónde junto a otros presos internos sostuvieron una huelga de hambre el 11 de octubre de 1974 consistente en que después de efectuado el relevo de servicio fueron presentando de forma individual en la Jefatura de Servicios sendas instancias, dirigidas una a la dirección del Centro solicitando a su vez diera curso a otra dirigida a la Superioridad en la que formulaban diversas peticiones y se declaraban en negativa a comer “Huelga de hambre” indefinida. Este comportamiento le valió para que fuera recluido en una celda de aislamiento hasta el día 26 del mismo mes, en que depusieron su actitud, pero al que se le sumaron otros 30 días de correctivo al considerarlos la Junta de la prisión como hechos constitutivos de una falta muy grave tipificada en el reglamento penitenciario.
Fuentes:
AGA/AGHD/AHPCE/ORGANERO RONCO, PEDRO: La Villa de Don Fadrique durante la Guerra Civil y la posterior represión (1936-1945)/ ABC/RAMOS APARICIO, GABRIEL: Memorias, 2013
Investigadores:
Pedro Organero Ronco/SEFT