Filiación sindical:
UGT (desde noviembre de 1936)
Lugar de muerte o condena:
Prisión Provincial de Albacete
Circunstancias:
Se le concedieron los beneficios de la prisión atenuada el día 29 de julio de 1942. Se celebró el consejo de guerra el 6 de julio de 1943, haciéndose firme la sentencia el 11 de agosto siguiente. No reingresó en prisión al ser la condena inferior a 14 años, 8 meses y 1 día de prisión. La pena quedaría extinguida el 28 de septiembre de 1951. Fue indultado, en virtud del Decreto de 9 de octubre de 1945, el día 15 de marzo de 1946.
Tribunal:
Causa nº 8529-42 (Albacete)
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15271/2