Circunstancias:
Se le concedieron los beneficios de la prisión atenuada el 5 de febrero de 1940. No se celebró consejo de guerra, al manifestar el encartado conformidad con la pena solicitada por el Ministerio Fiscal. Se hizo firme la sentencia el 28 de septiembre de 1942. Dejaría extinguida la pena el 5 de julio de 1940.
Tribunal:
Causa nº 6117-39 (Albacete)
Sentencia:
6 meses y 1 día de prisión menor
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15083/9