Sebastián Jesús Garrido Gracia [AB-3092]


Sebastián Jesús Garrido Gracia (de profesión jornalero)
era natural de Salobre (Albacete).

Prisión


Otros datos que tenemos de Sebastián Jesús son:

Edad: 
32
Sexo: 
Hombre
Estado civil: 
Casado/a
Residencia: 
Salobre (Albacete)
Filiación sindical: 
UGT (desde antes de la guerra)
Lugar de muerte o condena: 
Prisión Provincial de Albacete desde el 1 de noviembre de 1941
Inicio de la condena: 
28/10/1940
Circunstancias: 
Se celebró el consejo de guerra el 11 de agosto de 1942, haciéndose firme la sentencia el 12 de septiembre siguiente. Dejaría extinguida la pena el 25 de junio de 1955. Fue indultado, en virtud del Decreto de 9 de octubre de 1945, el día 23 de septiembre de 1949. Se iniciaron trámites para rebocar el indulto que le fue concedido, al haber sido encausado y condenado en virtud del procedimiento 215-47 (Albacete) a la pena de 4 años de prisión como autor de un delito de "rebelión militar". Sin embargo, al ser el delito cometido con anterioridad a su concesión, se considera no haber lugar a dicha revocación.
Delitos: 
Auxilio a la rebelión
Tribunal: 
Causa nº 7813-40 (Albacete)
Sentencia: 
14 años, 8 meses y 1 día de reclusión menor

Observaciones*: 
Miliciano al servicio del Frente Popular de Salobre (Albacete) en los primeros momentos de la guerra. Nuevamente procesado en 1947, mientras se encontraba en situación de libertad condicional, por "auxilio a bandoleros", fue (Causa nº215-47, Albacete), fue condenado en consejo de guerra celebrado el 9 de noviembre de 1951 a la pena de 4 años de prisión (Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14478/1).

Fuentes: 
Archivo General e Historico de Defensa, caja 15215/12

Investigadores: 
Lucía Crespo Jiménez


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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