Lugar de muerte o condena:
Prisión Provincial de Albacete
Circunstancias:
Se le concedió la prisión atenuada el 5 de marzo de 1940. No se celebró consejo de guerra al manifestar el encartado su conformidad con la pena solicitada por el Ministerio Fiscal. La sentencia se hizo firme el 30 de septiembre de 1942. Dejaría extinguida la pena el 26 de agosto de 1945. Pasó a situación de liberado condicional el 17 de julio de 1943.
Tribunal:
Causa nº 5832-40 (Albacete)
Sentencia:
6 años y 1 día de prisión mayor
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15060/3