Partido:
JSU (oct. 1936-sept. 1937, se incorporó al ejército)
Filiación sindical:
UGT (desde agosto de 1936)
Lugar de muerte o condena:
Prisión Provincial de Albacete
Circunstancias:
Se celebró un primer consejo de guerra el 28 de octubre de 1943, que lo condenó a 12 años de prisión mayor por "auxilio a la rebelión", pero la sentencia fue declarada nula, ante la necesidad de ampliar las diligencias. El consejo se repitió el 28 de enero de 1944, ampliándose la condena a 15 años de relcusión menor. La sentencia se hizo firme el 24 de febrero de 1944. Dejaría extinguida la pena el 2 de agosto de 1954. En libertad condicional desde el 27 de abril de 1944. Se aprobó para el día 2 de agosto de 1954 el licenciamiento definitivo de la pena, con carácter retroactivo, el día 18 de mayo de 1955.
Tribunal:
Causa nº 3159-39 (Albacete)
Sentencia:
15 años de reclusión menor
Observaciones*:
Procesado por sus antecedentes político-sociales y por haber prestado servicio como escribiente en el Comité del Frente Popular de Minaya.
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14834/15