Sentencia:
Resultado de la depuración desconocido
Observaciones*:
No puede verse completo, pero aparece un documento del Ministerio sellado en 1954 y fechado en 1950 que pone “(...) a fin de que manifieste al interesado que no puede ser admitido a depuración por encontrarse separado de su cargo como incurso en el artículo 171 de la ley de I.P. por O. De 11/6/43, no reuniendo por tanto la condición de funcionario que determina la Ley de 10/2/39, en tanto subsista la referida incursión.
Fuentes:
Sara Ramos Zamora, "La represión del Magisterio: Castilla-La Mancha, 1936-1945"