Pedro Lechiguero Medina [AB-4524]


Pedro Lechiguero Medina (de profesión electricista)
era natural de Villamalea (Albacete).

Prisión


Otros datos que tenemos de Pedro son:

Edad: 
34
Sexo: 
Hombre
Estado civil: 
Soltero/a
Residencia: 
Villamalea (Albacete)
Filiación sindical: 
UGT (durante la guerra)
Lugar de muerte o condena: 
Campo de concentración de Toro (Zamora) / Prisión Provincial de Albacete desde el 18 de noviembre de 1939
Inicio de la condena: 
25/09/1939
Fin de la condena: 
27/10/1943
Circunstancias: 
En libertad condicional desde el día 27 de octubre de 1943. Indultado en virtud del Decreto de 9 de octubre de 1945 el día 9 de diciembre del 46, el cual le fue revocado el 19 de junio de 1956 por haber sido condenado como autor de un delito de "auxilio a bandoleros" a la pena de 1 año de prisión menor. Fue nuevamente detenido el 2 de julio del 56 e ingresó en el depósito municipal de Villamalea (Albacete), de donde fue trasladado a la cárcel provincial de Albacete el día 5 de julio. El 25 de agosto del mismo año 56 fue trasladado a la Prisión Central de Guadalajara. El 25 de octubre de 1956 se le indultó la cuarta parte de la pena de 14 años, 8 meses y 1 día. Fue excarcelado el 5 de noviembre de 1956, al haber dejado extinguida la condena.
Delitos: 
Auxilio a la rebelión
Tribunal: 
Causa nº 4465-39 (Albacete)
Sentencia: 
14 años, 8 meses y 1 día de reclusión menor

Observaciones*: 
Voluntario en el ejército republicano, donde alcanzó la graduación de Capitán. Nuevamente procesado por "auxilio a bandoleros", fue condenado en consejo de guerra celebrado el 17 de abril de 1956 a la pena de 1 año de reclusión menor (Causa n1 189-50, Valencia).

Fuentes: 
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14941/14

Investigadores: 
Lucía Crespo Jiménez


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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