Pablo García Muñoz [AB-2855]


Pablo García Muñoz (de profesión peluquero)
era natural de La Guardia (Toledo) y murió el día 17/09/1942.

Muerto en cumplimiento de sentencia


Otros datos que tenemos de Pablo son:

Edad: 
24
Sexo: 
Hombre
Estado civil: 
Soltero/a
Residencia: 
Albacete
Partido: 
PCE (desde junio de 1936)
Lugar de muerte o condena: 
Ingresado en la Prisión Habilitada de San Vicente (Albacete) durante el proceso, fue ejecutado en las inmediaciones de las tapias del cementerio de dicha localidad.
Inicio de la condena: 
05/06/1940
Circunstancias: 
Se celebró el consejo de guerra el 1 de agosto de 1942, haciéndose ejecutoria la sentencia el 9 de septiembre siguiente.
Delitos: 
Adhesión a la rebelión
Tribunal: 
Causa nº 7536-40 (Albacete)
Sentencia: 
Pena de muerte

Observaciones*: 
Miliciano armado en los primeros momentos de la guerra. Miembro del Batallón "25 de Julio". Procesado como posible integrante de la "saca" en la prisión de Albacete en septiembre de 1936.. Pasó luego al Cuerpo de Carabineros. En 1942 se inició otro proceso en su contra (Causa nº 8510-42, Albacete), al aparecer citado en la declaración de otro procesado, Maudilio Fernández Pingarrón, que lo situaba en el campo de Aviación de La Torrecica la noche en que se produjeron los fusilamientos de presos de la cárcel provincial. Terminó el procedimiento con el sobreseimiento definitivo de la causa, pues el encartado había sido ya fusilado (Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15270/2). Inscrito por orden del Comandante Militar. Ejecutado a las 06:30 horas. Enterrado en nicho Gª Virgen de los Llanos, patio 3º fila 20 número 1. Exhumado el 16/12/1999 a patio 4 patio 6º fila 34 número 4

Fuentes: 
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15194/4 / Manuel Ortiz Heras, Violencia, conflictividad y justicia en la provincia de Albacete (1936-1950), 1994 / Libro del Cementerio de Albacete

Investigadores: 
Manuel Ortiz Heras / Yolanda López y Mercedes Galiana / Lucía Crespo Jiménez


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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