Residencia:
Ribera de Cubas (Albacete)
Filiación sindical:
CNT (desde el 1 de septiembre de 1936)
Cargo público:
Vocal del comité del Frente Popular de Jorquera (Albacete) y Delegado del Gobernador Civil de la provincia con carácter administrativo, para revisar las cuentas de los Frentes Populares del distrito de Casas Ibáñez.
Actividad en la guerra:
Fundador de la CNT y organizador del Sindicato de Oficios Varios en su localidad
Lugar de muerte o condena:
Prisión Provincial de Albacete
Circunstancias:
Se celebró el consejo de guerra el 12 de mayo de 1943, haciéndose firme la sentencia el 16 de junio siguiente. Dejaría extinguida la pena el 12 de febrero de 1952. Fue indultado, en virtud del Decreto de 9 de octubre de 1945, el día 3 de junio de 1947, cuando disfrutaba de los beneficios de la libertad condicional. Aunque no se conserva mandamiento de libertad, otros documentos acreditan que gozaba se esta situación desde, al menos, abril de 1944.
Tribunal:
Causa nº 1213-39 (Albacete)
Sentencia:
12 años y 1 día de reclusión menor
Observaciones*:
Miliciano armado en los primeros momentos de la guerra.
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14622/4