Miguel García Llorens [AB-2712]


Miguel García Llorens (de profesión cantero)
era natural de Nucia (Alicante) y murió el día 25/10/1940.

Muerto en la cárcel


Otros datos que tenemos de Miguel son:

Edad: 
24
Sexo: 
Hombre
Estado civil: 
Soltero/a
Residencia: 
Albacete
Partido: 
Juventudes Libertarias
Filiación sindical: 
CNT (desde 1932)
Actividad en la guerra: 
Presidente de la comarcal de la CNT. Miembro del Comité Provincial de las Juventudes Libertarias de Albacete desde noviembre de 1938, ostentó el cargo de Secretario de las mismas a partir de enero del año siguiente.
Lugar de muerte o condena: 
Internado en la prisión provincial de Albacete en 1939, fue trasladado a la Central de Chinchilla (Albacete), de donde salió rumbo al hospital provincial de Albacete, por una peritonitis, donde falleció.
Inicio de la condena: 
22/06/1939
Circunstancias: 
Se celebró el consejo de guerra el 14 de septiembre de 1939, haciéndose firme la sentencia el 7 de noviembre siguiente. Dejaría extinguida la pena el 13 de junio de 1969. A pesar de su fallecimiento, el proceso penal siguió adelante, conmutándosele la pena original por la de 20 años de reclusión menor en agosto de 1943.
Delitos: 
Adhesión a la rebelión
Tribunal: 
Causa nº 2273-39 (Albacete)
Sentencia: 
Pena de muerte. Conmutada por la de 30 años de reclusión mayor

Observaciones*: 
Miliciano armado en los primeros momentos de la guerra, integrante de la llamda "Columna Maroto". Llegó a Comsario de Compañía en el ejército de milicias. En el informe emitido por la prisión de Chinchilla (Albacete) consta que murió a consecuencia de una perforación apendicular producida por una peritonitis.

Fuentes: 
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14744/11

Investigadores: 
Lucía Crespo Jiménez


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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