Miguel Díaz Pozo [TO-1029]


Miguel Díaz Pozo (de profesión jornalero)
era natural de Calera y Chozas y murió el día 10/10/1939.

Muerto en cumplimiento de sentencia


Otros datos que tenemos de Miguel son:

Apodo: 
"Serapio"
Edad: 
26
Sexo: 
Hombre
Partido: 
PSOE
Filiación sindical: 
UGT
Lugar de muerte o condena: 
Madrid
Circunstancias: 
Ejecutado

Observaciones*: 
Hijo de Tomás y Felipa. Utilizó como pseudónimo el nombre de Antonio Díaz Muñoz. Miembro de la Sociedad de Agricultores de Calera (FNTT-UGT) desde 1931. Al producirse el golpe de Estado en julio de 1936, ingresó en el Batallón de Milicias de Talavera, comandado por Moisés Gamero de la Fuente. En la 4ª Compañía de dicha unidad alcanzó los empleos de sargento, alférez y teniente de Milicias. Al caer la comarca en manos sublevadas en septiembre de 1936, el batallón talaverano se trasladó a Madrid, donde pasó a ser el 2º Batallón del Regimiento de Milicias "El Socialista". En él, combatió como teniente de la 4ª Compañía. Con la militarización de las milicias fue incorporado a la 66ª Brigada Mixta del Ejército Popular. Posteriormente combatió con la 45ª Brigada Mixta y la 203ª Brigada Mixta, con ésta última unidad en el Frente de Levante. Durante los meses de noviembre y diciembre de 1938 ejerció el mando como capitán habilitado. Durante la Guerra Civil estuvo domiciliado en el Puente de Vallecas, en cuyo campo de concentración fue internado a partir de los días 3 o 4 de abril de 1939. Encarcelado en la madrileña prisión de San Antón, fue condenado a muerte por el Consejo de Guerra Permanente nº 11 el 17 de junio de 1939 por "adhesión a la rebelión", siendo fusilado en el Cementerio del Este de Madrid al amanecer del 10 de octubre de 1939. Fotografía: Archivo fotográfico FPI

Fuentes: 
Adrián Sánchez Castillo, historiador de Calera y Chozas, 2010. Archivo General e Histórico de Defensa.

Investigadores: 
José María Ruiz Alonso / SEFT. Proyecto Censo de Represaliados de la UGT (Fundación Francisco Largo Caballero)


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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