Actividad en la guerra:
Secretaria General de la JSU de Cercedilla (Madrid)
Lugar de muerte o condena:
Prisión Provincial de Albacete / Sanatorio Penitenciario Antituberculoso de Mujeres de Segovia - Prisión Central de Mujeres de Segovia / Prisión de Mujeres de Madrid
Circunstancias:
Se hizo firme la sentencia el 22 de octubre de 1942. Dejará extinguida la pena el 17 de julio de 1969. Tras la conmutación, dejará extinguida la pena el 20 de abril del 58. Con arreglo al Decreto de 1 de mayo de 1952 se le conmutó la cuarta parte de la pena, con fecha 2 de abril de 1954. Se le concedió el certificado de liberación definitiva el 8 de junio de 1955.
Delitos:
Delito contra la seguridad del Estado
Tribunal:
Causa nº 4955-39 (Albacete)
Sentencia:
30 años de reclusión mayor. Conmutada por la de 25 años de reclusión mayor
Observaciones*:
Según la sentencia: "acusada de reorganizar la organización clandestinamente de las JSU destinada a realizar actos subversivos, captando adeptos, organizando la vigilancia de los cuarteles y haciendo relaciones de armas existentes a disposición de los insurgentes"
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14985/1