Manuel López Fernández [AB-4650]


Manuel López Fernández (de profesión empleado. mecanógrafo)
era natural de Albacete.

Prisión


Otros datos que tenemos de Manuel son:

Edad: 
36
Sexo: 
Hombre
Estado civil: 
Casado/a
Residencia: 
Albacete
Partido: 
PSOE (desde 1931)
Filiación sindical: 
UGT (desde 1928)
Cargo público: 
Concejal del Ayuntamiento de Albacete (desde abril hasta diciembre de 1938, designado por la UGT)
Actividad en la guerra: 
Pres. Sindicato Comercio, Oficinas y Despachos / Presidente Liga de Dependientes de Comercio de Albacete (agosto 1936-sept. 1938) / Delegado del Frente Popular en el Control de comercios de Albacete / Secretario Comité Incautación casa "Fontecha y Cano"
Lugar de muerte o condena: 
Prisión Provincial de Albacete
Inicio de la condena: 
27/04/1939
Fin de la condena: 
22/05/1943
Circunstancias: 
Se hizo firme la sentencia el 9 de mayo de 1940. Dejará extinguida la pena el 21 de abril de 1959. En libertad provisional desde mayo del 43. Indultado en virtud del Decreto de 9 de octubre de 1945, con fecha de 18 de febrero del 47. Aparece también en la Causa nº 5303 (Albacete), iniciada por la denunia de Manuel Núñez Palacio por la incautación de su negocio y la denuncia que contra él formuló un empleado por impago durante la guerra. Al hallarse inmerso en otro procedimiento, se detienen las actuaciones en ésta (Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15017/9).
Delitos: 
Auxilio a la rebelión
Tribunal: 
Causa nº 948-39 (Albacete)
Sentencia: 
20 años de reclusión mayor

Observaciones*: 
Tras la condena se trasladó a Jetas (Albacete, Ayuntamiento de Nerpio), dedicándose profesionalmente como jornalero.

Fuentes: 
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14592/11

Investigadores: 
Lucía Crespo Jiménez


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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