Cargo público:
Concejal del Ayuntamiento de Albacete (desde abril hasta diciembre de 1938, designado por la UGT)
Actividad en la guerra:
Pres. Sindicato Comercio, Oficinas y Despachos / Presidente Liga de Dependientes de Comercio de Albacete (agosto 1936-sept. 1938) / Delegado del Frente Popular en el Control de comercios de Albacete / Secretario Comité Incautación casa "Fontecha y Cano"
Lugar de muerte o condena:
Prisión Provincial de Albacete
Circunstancias:
Se hizo firme la sentencia el 9 de mayo de 1940. Dejará extinguida la pena el 21 de abril de 1959. En libertad provisional desde mayo del 43. Indultado en virtud del Decreto de 9 de octubre de 1945, con fecha de 18 de febrero del 47. Aparece también en la Causa nº 5303 (Albacete), iniciada por la denunia de Manuel Núñez Palacio por la incautación de su negocio y la denuncia que contra él formuló un empleado por impago durante la guerra. Al hallarse inmerso en otro procedimiento, se detienen las actuaciones en ésta (Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15017/9).
Tribunal:
Causa nº 948-39 (Albacete)
Sentencia:
20 años de reclusión mayor
Observaciones*:
Tras la condena se trasladó a Jetas (Albacete, Ayuntamiento de Nerpio), dedicándose profesionalmente como jornalero.
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14592/11