Partido:
PCE (después de la guerra)
Lugar de muerte o condena:
Prisión Provincial de Albacete
Circunstancias:
Condenado en consejo de guerra celebrado en Albacete el 4 de marzo de 1948. La sentencia se hizo firme el 1 de mayo de 1948. La pena quedaba extinguida el 28 de junio de 1946, cumplida con exceso. Indultada la cuarta parte de la condena conforme al Decreto de 17 de julio de 1947
Delitos:
Rebelión. Delito contra la seguridad del Estado. Actividades comunistas
Tribunal:
Causa nº 448-45 (Albacete)
Observaciones*:
El día 13 de julio de 1937 ingresó como voluntario en el Ejército republicano, sirviendo como conductor en un Batallón de Fortificaciones. Al terminar la guerra ingresó en un campo de concentración de Albacete, siendo puesto en libertad a los dos meses sin sanción alguna. El expediente indica: "su esposa es también de significación izquierdista y se le reconocen manifestaciones de esta índole". Jefe de Cédula de uno de los radios del recién reorganizado Partido Comunista de Albacete (principios de los años cuarenta).
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14516/3 y caja 14517/1