Lucio Flores Bermúdez [AB-2247]


Lucio Flores Bermúdez (de profesión jornalero)
era natural de Villapalacios (Albacete).

Prisión


Otros datos que tenemos de Lucio son:

Edad: 
52
Sexo: 
Hombre
Estado civil: 
Casado/a
Residencia: 
Villapalacios (Albacete)
Filiación sindical: 
UGT (desde antes de la guerra)
Actividad en la guerra: 
Miembro del Consejo Obrero de Fincas Incautadas.
Lugar de muerte o condena: 
Prisión Central de Santa Isabel de Santiago de Compostela desde el 15 de junio de 1940 / Prisión Escuela de Madrid
Inicio de la condena: 
21/04/1939
Fin de la condena: 
07/11/1942
Circunstancias: 
Se hizo firme la sentencia el 15 de septiembre de 1939. Dejaría extinguida la pena el 18 de abril de 1951. En libertad condicional desde el 7 de noviembre de 1942. Se hizo firme la conmutación por 8 años de prisión mayor en 1944.
Delitos: 
Auxilio a la rebelión
Tribunal: 
Causa nº 645-39 (Alcaraz)
Sentencia: 
12 años y 1 día de reclusión menor

Observaciones*: 
Acusado de participar en incautaciones de fincas y de acompañar a las milicias e los registros domiciliarios, y de haberse apoderado de unas andas de la iglesia. Procesado en 1947 por un delito contra la Ley de Seguridad del Estado como presunto autor de unas pintadas que aparecieron en las afueras de la localidad de Villapalacios, en las que se podían leer las frases "Viva la República. Los Guerrilleros", así como un dibujo de la hoz y el martillo "bien pintado, por lo que se ve lo hizo uno que sabía dibujar", según consta en el atestado (Causa nº 713-46, Albacete). El procedimiento acabó con el sobreseimiento provisional de las actuaciones. Encartado junto a su hijo, Dionisio Flores Martínez. Padre del guerrillero Ángel Flores Martínez, muerto en Los Cortijos de los Marines, en el término de El Salobre (Albacete) en un encuentro con la Guardia Civil el 8 de marzo de 1947 junto a Ramón Palacios Benegas.

Fuentes: 
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14553/7

Investigadores: 
Lucía Crespo Jiménez / Mario López Ruiz


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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