Lucas Jiménez Díaz [TO-7038]


Lucas Jiménez Díaz (de profesión jornalero)
era natural de Montesclaros.

Prisión


Otros datos que tenemos de Lucas son:

Edad: 
38
Sexo: 
Hombre
Estado civil: 
Casado/a
Residencia: 
Montesclaros
Partido: 
PSOE
Filiación sindical: 
UGT
Lugar de muerte o condena: 
Talavera. Itinerancia penitenciaria.
Inicio de la condena: 
24/10/1936
Fin de la condena: 
19/04/1946
Circunstancias: 
Se hizo ejecutoria la sentencia el 29/7/1937
Delitos: 
Adhesión a la rebelión
Tribunal: 
Causa nº 120 Talavera
Sentencia: 
Condenado a 30 años de prisión.

Observaciones*: 
Acusado de intervenir en la detención del sacerdote. Acusado de pertenecer al Comité local y de exigir dinero a algunos vecinos de Montesclaros. Miembro de la UGT y afiliado al PSOE en Montesclaros (Toledo). En marzo de 1934 fue condenado en Toledo a 2 meses y un día de arresto mayor por el delito de "sedición". Al producirse el golpe de Estado de julio de 1936 fue vicepresidente del Comité Revolucionario de dicha localidad. Fue detenido el 24 de octubre de ese año. El 27 de enero de 1937 ingresó en la prisión de Talavera de la Reina (Toledo) donde el 3 de junio siguiente fue condenado a 30 años de reclusión en Consejo de Guerra. Fue trasladado a la cárcel de Burgos en la que ingresó el 10 de marzo de 1938 y en la que permaneció hasta el 10 de abril de 1943. Dos días después llegó a la 3ª Agrupación de Colonias Penitenciarias Militarizadas en Talavera de la Reina trabajando en las obras del Canal Bajo del Alberche. Desde el 8 de octubre de 1943 al 2 de junio de 1944 estuvo en la prisión central de Talavera de la Reina y del 2 de junio al 21 de septiembre siguiente en el Destacamento Penal de la Presa del Alberche, reingresando este día en la prisión de Talavera de la Reina de la que salió en libertad condicional el 19 de abril de 1946 regresando a Montesclaros. Recibió el indulto en marzo de 1949. Falleció en Talavera de la Reina el 9 de septiembre de 1967.

Fuentes: 
AHPToledo 65858/8 / Archivo General e Histórico de Defensa

Investigadores: 
Proyecto Censo de Represaliados de la UGT (Fundación Francisco Largo Caballero) y SEFT/Daniel Nevado SEFT


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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