Lugar de muerte o condena:
Prisión Central de Chinchilla (Albacete) / Prisión Escuela de Madrid (Yeserías)
Circunstancias:
Se hizo firme la primera conmutación el 10 de diciembre de 1940 y la segunda el 1 de junio de 1943. Dejará extinguida la pena el 27 de abril de 1959. En libertad condicional desde noviembre de 1944. Indultado en virtud del Decreto de 9 de octubre de 1945 con fecha 7 de octubre de 1946.
Tribunal:
Causa nº 14-39 (Albacete)
Sentencia:
Pena de muerte. Conmutada por la de 30 años de reclusión mayor y, en 1943, vuelta a conmutar por la de 20 años y 1 día de reclusión mayor.
Observaciones*:
Fue Cabo de la Guardia de Asalto y perteneció al SIM.
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14403/1