Juan Antonio Moya Córdoba [AB-6088]


Juan Antonio Moya Córdoba (de profesión jornalero)
era natural de Tarazona de la Mancha (Albacete).

Prisión


Otros datos que tenemos de Juan Antonio son:

Apodo: 
"El redondo"
Edad: 
30
Sexo: 
Hombre
Estado civil: 
Casado/a
Residencia: 
Tarazona de la Mancha (Albacete)
Filiación sindical: 
CNT (desde febrero de 1937)
Actividad en la guerra: 
Miliciano
Lugar de muerte o condena: 
Prisión Provincial Albacete / Prisión Central S. Miguel de los Reyes (Valencia) / Destacamento Penal Chozas de la Sierra (Madrid) / Prisión Provincial de Toledo / Prisión Escuela de Madrid (22/06/1950 por tratamiento médico). Condicional: 20/08/1951
Inicio de la condena: 
02/05/1939
Fin de la condena: 
20/08/1951
Circunstancias: 
Tuvo un primer consejo de guerra el 26 de octubre de 1943, que le condenó a 30 años de reclusión mayor, pero la sentencia no fue aprobada y el consejo se repitó el 2 de diciembre de 1944 condenándolo a la pena capital, que posteriormente le fue conmutada por la 30 de años de reclusión mayor que fue la que se hizo firme el 7 de marzo de 1945. En 1946 se le denegó el indulto solicitado. Redimió 9 años, 6 meses y 21 días por trabajo, de modo que recibiría el licenciamiento definitivo de la pena el 2 de octubre de 1959, que quedó extinguida el 24 de abril de 1969.
Delitos: 
Adhesión a la rebelión
Tribunal: 
Causa nº 4326-39 (Albacete)
Sentencia: 
Pena de muerte. Conmutada por la de 30 años de reclusión mayor

Observaciones*: 
Miliciano en los primeros momentos de la guerra, se le acusa (además de por sus antecedentes políticos) de haber intervenido en incautaciones y en la destrucción de objetos sagrados.

Fuentes: 
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14929/1

Investigadores: 
Lucía Crespo Jiménez


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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