Sentencia:
Pena de muerte conmutada a treinta años
Observaciones*:
Condenado a pena de muerte en el Consejo de Guerra celebrado el 18 de agosto de 1939, acusado de delitos graves en un juicio sin las mínimas garantías del derecho al proceso y a la defensa. El 8 de noviembre de 1939 se le conmuta la pena por la inferior en grado, treinta años de prisión. El 2 de diciembre de 1939 se le notifica a su mujer, María Gracia Navarro Agulló, la incautación de todos sus bienes. Acogiéndose al decreto del 9 de octubre de 1945, Juan Albertos Bañón consigue la libertad condicional el 6 de abril de 1946.
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14795/1
Investigadores:
Julián Vadillo Muñoz/SEFT