Lugar de muerte o condena:
Prisión Habilitada de Heliópolis de Sevilla/ Prisión Provincial de Murcia/ Prisión de Partido de Hellín
Circunstancias:
Es reducido a prisión en Sevilla el 10 de junio de 1940, es trasladado a la Provincial de Murcia y posteriormente a la Prisión de Partido de Hellín e el 19 de abril de 1941. Es sentenciado el 17 de septiembre de 1943, quedando la pena extinta el 6 de junio de 1952. Obtiene la prisión atenuada el 14 de julio de 1943, la libertad condicional el 29 de enero de 1944 y es indultado el 29 de enero de 1949.
Sentencia:
Doce años de prisión menor
Observaciones*:
Acusado de realizar saqueos, resgistros y detenciones de Antonio Fernández González y Agustín Jiménez González, de hacer guardias y destruir imágenes. Fija su residencia en la prisión atenuada en Castellón de la Plana.
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15239/2