Lugar de muerte o condena:
Prisión Provincial de Albacete
Circunstancias:
Se le concedieron los beneficios de la prisión atenuada el 28 de octubre de 1943. No se celebró consejo de guerra al manifestar el encartado conformidad con la pena solicitada por el Ministerio Fiscal. Se hizo firme la sentencia el 27 de enero de 1944. Se considera cumplida con exceso, pues habría quedado extinguida la pena el 13 de septiembre de 1942.
Tribunal:
Causa nº 8435-42 (Albacete)
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15264/10