Lugar de muerte o condena:
Prisión Provincial de Albacete desde el 19 de septiembre de 1939
Circunstancias:
Se le concedieron los beneficios de la prisión atenuada el 5 de junio de 1940. No se celebró consejo de guerra al manifestar el encartado conformidad con la pena solicitada por el Ministerio Fiscal. Se hizo firme la sentencia el 30 de septiembre de 1942. Dejaría extinguida la pena el 26 de julio de 1945. Pasó a situación de libertad condicional el 9 de junio de 1943, haciéndose ésta definitiva el 26 de julio de 1945.
Tribunal:
Causa nº 5666-39 (Albacete)
Sentencia:
6 años y día de prisión mayor
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15048/4