José Gómez Tomás [AB-3422]


José Gómez Tomás (de profesión pescadero)
era natural de Murcia.

Prisión


Otros datos que tenemos de José son:

Apodo: 
"Torero"
Edad: 
38
Sexo: 
Hombre
Estado civil: 
Casado/a
Residencia: 
Albacete
Partido: 
Izquierda Republicana (antes de la guerra) / PCE
Actividad en la guerra: 
Vicepresidente de Izquierda Republicana de La Roda (Albacete) / Comisario Político durante el periodo de instrucción militar
Lugar de muerte o condena: 
Prisión Provincial de Albacete
Inicio de la condena: 
31/01/1945
Fin de la condena: 
06/03/1948
Circunstancias: 
Condenado en consejo de guerra celebrado en Albacete el 4 de marzo de 1948. Quedará extinguida la pena el 28 de enero de 1948. Indultada la cuarta parte de la condena conforme al Decreto de 17 de julio de 1947. Es reducido a prisión el 6 de agosto de 1939 y sentenciado el 23 de febrero de 1940, quedando la pena extinta el 31 de julio de 1959. Obtiene la libertad condicional el 2 de marzo de 1943 y es indultado el 10 de abril de 1948.
Delitos: 
Rebelión. Delito contra la seguridad del Estado. Actividades comunistas
Tribunal: 
Causa nº 448-45 (Albacete) y Causa nº 3567 (La Roda)
Sentencia: 
3 años de prisión y Veinte años de prisión menor

Observaciones*: 
Durante la guerra ingresó como voluntario en el Ejército republicano, sirviendo en el 4º Batallón de Transporte (Cuerpo Tren) con la graduación de soldado conductor. Al terminar la guerra fue encarcelado, siendo juzgado en consejo de guerra (Causa nº 1459, Hellín) y condenado a la pena de 20 años de prisión menor por "auxilio a la rebelión". En mayo de 1940 fue puesto en libertad vigilada (AHGD, caja 14651/3). Desde su salida colaboró en la reorganización del Partido Comunisa en la provincia de Albacete. Acusado de liberar a presos de izquierdas, Inscrito por ordenar detenciones y negar indultos. Comisario político en el ejército, y Auto transportes.

Fuentes: 
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14516/3, caja 14517/1 y Caja 14876/11

Investigadores: 
Lucía Crespo Jiménez / Mario López Ruiz


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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