Lugar de muerte o condena:
Prisión Central de Hellín (Albacete) / Prisión Provincial de Albacete
Circunstancias:
Se celebró un primer consejo de guerra en Hellín (Albacete), el dia 25 de septiembre de 1939, que acordó devolver las actuaciones al Juez Instructor para el mayor esclarecimientos de los hechos imputados al procesado. El nuevo consejo se celebró en Albacete el día 5 de marzo de 1942, haciéndose firme la sentencia el 14 de abril siguiente. Dejaría extinguida la pena el 19 de abril de 1969. Se constituyó consejo de familia el 31 de marzo de 1944. Indultado en virtud del Decreto de 9 de octubre de 1945 con fecha de 4 de mayo de 1948. No se conserva mandamiento de libertad, pero en virtud de la fecha de constitución del consejo de familia, debemos suponer se encontraba en situación de libertad, al menos, desde el año 1944.
Tribunal:
Causa nº 890-39 (Albacete)
Sentencia:
30 años de reclusión mayor
Observaciones*:
Miliciano armado en Yeste (Albacete) durante los primeros momentos de la guerra, tomó parte en la quema de los archivos de la Notaría de dicha localidad y se le acusa igualmente de haber participado en la destrucción de las imágenes del templo parroquial.
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14585/8