Lugar de muerte o condena:
Prisión Provicial de Albacete
Circunstancias:
No se celebró consejo de guerra al manifestar el encartado conformidad con las acusaciones del Ministerio Fiscal. Se hizo firme la sentencia el 5 de julio de 1942. Dejaría extinguida la pena el 7 de abril de 1945. Se le concedieron los beneficios de la prisión atenuada el 6 de agosto de 1940, en tanto se instruía el procedimiento. Pasó a situación de libertad condicional el 6 de octubre de 1943, sin llegar a reingresar el prisión.
Tribunal:
Causa nº 7324-40 (Albacete)
Sentencia:
6 años y 1 día de prisión mayor
Observaciones*:
Se le acusa de haber sido encargado de un almacén de muebles que procedían de incautaciones durante la guerra, así como de haber pertenecido al comité de depuración de los profesores de música de la banda municipal de Albacete, de la que formaba parte.
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15178/12