Filiación sindical:
UGT (antes de la guerra) / CNT (durante la misma)
Actividad en la guerra:
Contador en la sindical UGT
Lugar de muerte o condena:
Prisión Provincial de Albacete
Circunstancias:
No se celebró consejo de guerra al manifestar el encartado conformidad con la pena solicitada por el Ministerio Fiscal. Dejará extinguida la pena el 28 de agosto de 1951. Con la anterior fecha y con carácter retroactivo se concedió el certificado de liberación definitiva a favor del penado el día 15 de agosto de 1953, cuando gozaba de los beneficios de la libertad condicional (situación en la que se encontraba desde julio de 1944). Se le concedió el indulto, conforme al Decreto de 9 de octubre de 1945, con fecha de 13 de julio de 1951.
Tribunal:
Causa nº 7879-40 (Albacete)
Sentencia:
12 años y 1 día de reclusión menor
Observaciones*:
Tomó parte activa en la huelga revolucionaria de octubre del 34. Aunque antes de la guerra había pertenecido a la UGT, durante la misma se afilió a la CNT-FAI, representando a esta sindical en el comité de control que se formó en la entidad comercial "La Pajarita". Marchó al ejército al ser movilizado, alcanzando en él la gaduación de Sargento.
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15221/7