Partido:
PCE (después de la guerra)
Lugar de muerte o condena:
Prisión Provincial de Albacete
Circunstancias:
Condenado en consejo de guerra celebrado en Albacete el 4 de marzo de 1948. Se hizo firme la sentencia el 1 de mayo de 1948. Indultada la cuarta parte de la condena conforme al Decreto de 17 de julio de 1947
Delitos:
Rebelión. Delito contra la seguridad del Estado. Actividades comunistas
Tribunal:
Causa nº 448-45 (Albacete)
Observaciones*:
Prestaba servicio en el madrileño Aeródromo de Cuatro Vientos como soldado voluntario en el momento de producirse la sublevación militar. Fue trasladado a Albacete, donde en agosto de 1936 se incorporó a la Guardia de Asalto, donde había solicitado ingreso con anterioridad. Como tal prestó servicio dos meses en Yeste, regresando a Albacete más tarde como chófer hasta el final de la guerra. A los quince días fue destituido y marchó a su pueblo, donde permaneció hasta septiembre de 1939 que ingresó en la Aviación con el empleo de cabo militarizado. Después de la guerra, y en el contexto de reorganización comunista de los primeros años cuarenta, fue designado como jefe de cédula ("C" o Troika) de uno de los radios del Partido en Albacete.
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14516/3 y caja 14517/1