José Esparcia Carrilero [AB-1978]


José Esparcia Carrilero (de profesión pintor-decorador).

Prisión


Otros datos que tenemos de José son:

Edad: 
25
Sexo: 
Hombre
Residencia: 
Albacete
Partido: 
JSU
Filiación sindical: 
UGT (desde antes de la guerra)
Lugar de muerte o condena: 
Prisión Habilitada de San Vicente (Albacete) / Prisión Provincial de Albacete
Inicio de la condena: 
16/01/1940
Circunstancias: 
Se celebró el consejo de guerra el 23 de abril de 1942. Voto particular de Francisco Pedraza Pérez, vocal del consejo de guerra, expresando su disensión con la sentencia dictada, estimando más procedente la de 20 años y 1 día de reclusión mayor. Se hizo firme la sentencia el 20 de junio de 1942. Dejaría extinta su pena el 7 de enero de 1970. Tras la conmutación, dejaría la pena cumplida el 7 de enero de 1960. Indultado en virtud del Decreto de 9 de octubre de 1945 con fecha 13 de marzo de 1946, cuando se encontraba en situación de libertad condicional.
Delitos: 
Adhesión a la rebelión
Tribunal: 
Causa nº 5840-40 (Albacete)
Sentencia: 
30 años de reclusión mayor. Conmutada por la de 20 años de reclusión menor

Observaciones*: 
Ingresó voluntario en el 2º Batallón de la 3ª Brigada, organizada en Alcázar de San Juan (Ciudad Real), el cual a los tres meses pasó a ser unidad de Carabineros, teniendo la graduación de Sargento. Debido a su especialidad de dibujante, prestó servicios en cartografía por lo que no participó en ningún hecho de armas. El final de la guerra le sorprendió en Alicante, presentándose en el campo de concentración habilitado en el castillo de dicha ciudad. En 1942 se abrió nuevo proceso en su contra (Causa nº 8567-42, Albacete) que fue sobreseída definitivamente al haber sido ya juzgado por los mismos hechos en el presente sumario (Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15274/8).

Fuentes: 
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 15060/10

Investigadores: 
Lucía Crespo Jiménez


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

¿Quieres proporcionarnos información sobre esta persona?
Escríbemos a: info@victimasdeladictadura.es