Lugar de muerte o condena:
Prisión Central de Chinchilla (Albacete) / Prisión Provincial de Albacete / Prisión Central de Chinchilla (Albacete)
Circunstancias:
Las actuaciones, que se inician con el procedimiento nº 86 (Albacete), se acumulan al presete sumario. Se le concedió la prisión atenuada el 8 de abril de 1941. Se hizo firme la setencia el 28 de noviembre de 1942. Dejará extinguida la pena el 14 de octubre de 1969. Reingresó en la Prisión Central de Chinchilla (Albacete), donde permaneció hasta su liberación condicional el 20 de abril de 1944.
Delitos:
Insulto a fuerza armada y auxilio a la rebelión
Tribunal:
Causa nº 5041-39 (Albacete)
Sentencia:
30 años de reclusión mayor como cómplice de un delito de insulto a fuerza armada y 12 años y 1 día de reclusión menor por el de auxilio a la rebelión.
Observaciones*:
El procedimiento se inicia por la denuncia presentada por Inocenta Sánchez Moreno contra los que considera asesinos de su esposo, Joaquín Alcázar Díaz, cabo de la Guardia Civil muerto en Bonete el 25 de marzo de 1936. Los señalados ya fueron juzgados por los tribunales republicanos, pero se reabre el caso, juzgándoseles además por su actuación durante la guerra. En relación a los mismos hechos se instruyó la causa nº 86-49 (Albacete), que concluyó con el sobreseimiento definitivo, por haber sido juzgados y condenados por los mismos hechos los procesados en el sumario nº 5041-39, en la plaza de Albacete (Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14434/4).
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14993/3