Jesús González Miñano [AB-3612]


Jesús González Miñano (de profesión albañil)
era natural de Abarán (Murcia).

Prisión


Otros datos que tenemos de Jesús son:

Edad: 
27
Sexo: 
Hombre
Estado civil: 
Soltero/a
Residencia: 
Abarán (Murcia)
Partido: 
JSU (desde poco antes de iniciarse la guerra)
Filiación sindical: 
UGT (desde 1930)
Cargo público: 
Miembro del Comité del Frente Popular de Abarán (Murcia)
Actividad en la guerra: 
Soldado
Lugar de muerte o condena: 
Prisión del Partido de La Roda (Albacete) / 5ª Agrupación de Colonias Penitenciarias Militarizadas de Toledo
Inicio de la condena: 
05/04/1939
Circunstancias: 
Se celebró el consejo de guerra el 11 de julio de 1939 en La Roda. Se hizo firme la sentencia tras la conmutación, el 7 de noviembre de 1939. Dejará extinguida la pena el 27 de marzo de 1969. Tras la segunda conmutación, firme el 22 de marzo de 1944, dejará extinta su pena el 30 de marzo de 1959. Indultado en virtud del Decreto de 9 de octubre de 1945, con fecha 17 de abril de 1947.
Delitos: 
Adhesión a la rebelión
Tribunal: 
Causa nº 602-39 (La Roda)
Sentencia: 
Pena de muerte. Conmutadas por la de 30 años de reclusión mayor y nuevamente conmutada en 1944 por la de 20 años y 1 día de reclusión mayor

Observaciones*: 
Ingresó voluntario en el ejército el 27 de septiembre de 1936, sirviendo en el 113 Batalón, 3ª Compañía primero, donde lo nombraron Secretario de la Compañía nada más llegar al frente de Guadarrama, y luego en la 1ª Compañía. Alcanzó la graduación de Teniente en abril de 1937. Al salir de la cárcel en libertad provisional fijó su residencia en Toledo. Acusado de llevar a cabo asesinatos por Inscrito por orden de su capitán. Comparten causa: Jesús González Miñano, Antonio Moraga Lara, Juan José Moreno Garrido, José Picazo Córdoba y Martín Cuartero Serrano.

Fuentes: 
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14546/11

Investigadores: 
Lucía Crespo Jiménez / Mario López Ruiz


*Nota aclaratoria: el campo “observaciones” puede contener información relativa a las acusaciones formuladas contra las víctimas por los tribunales franquistas. En ningún caso se sostuvieron sobre principios de verosimilitud o legalidad. Los juicios sumarísimos fueron meras ficciones que crearon una supuesta verdad jurídica sin pruebas. En ningún caso ni los juicios ni las acusaciones pueden ser tenidos por verdad.

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