Lugar de muerte o condena:
Prisión Habilitada de San Vicente (Albacete) / Prisión Central de Chinchilla (Albacete) / Prisión Central de Hellín (Albacete ) desde el 29 de agosto de 1941
Circunstancias:
Se le concedieron los beneficios de la prisión atenuada el 10 de mayo de 1940. Reingresó en prisión tras la celebración del consejo de guerra, el 13 de junio de 1940. Pasó a situación de libertad condicional el 18 de diciembre de 1942, libertad que se hizo efectiva el 15 de mayo de 1945.
Tribunal:
Causa nº 3354-39 (Albacete)
Sentencia:
6 años y 1 día de prisión mayor
Fuentes:
Archivo General e Histórico de Defensa, caja 14853/12