Circunstancias:
Escuela Unitaria nº 2 Nacional de niños de Puebla de Montalbán
Observaciones*:
Resolución de la depuración: suspensión de empleo y sueldo tres meses; e inhabilitación para ocupar cargos directivos y de confianza en Instituciones Culturales y de Enseñanza. En 1951 el Juzgado Superior de Revisiones (J.S.R.) le modificó la sanción por la de confirmación en su cargo.
Fuentes:
Sara Ramos Zamora, La represión del Magisterio: Castilla-La Mancha, 1936-1945 / Archivo General de la Administración, legajo nº 394/15403 / Boletín Oficial de la Provincia, nº 46, 26/2/40